La importancia de la industria audiovisual en el mundo actual es gigantesca. Por un lado, su relevancia a nivel económico es incuestionable. Lo saben gobiernos como el de España, que en estos años ha comenzado a facilitar las condiciones que sus proyectos y trabajadores afrontan para entrar y salir del país. Pero la fuerza del cine y las series no se ciñen al terreno del dinero: estos productos también son un elemento clave para la creación y transmisión de valores y sinergias culturales.

Con esta última realidad en cuenta, España, a través de su Instituto de la Cinematografía y de las Artes Visuales, dio el pasado 21 de junio el último definitivo paso para ratificar el convenio del Consejo de Europa sobre coproducción cinematográfica. Un acuerdo clave para el continente y su sector audiovisual, pues busca ahondar en la creación de unos valores conjuntos entre los países de Europa a través del cine. Su objetivo es claro: facilitar en todo lo posible las coproducciones entre los distintos países que forman parte del acuerdo.

Más que una novedad, el acuerdo es una actualización del convenio de coproducción ya acordado en 1992, del que España también formaba parte. Pero la brutal evolución tecnológica, económica y financiera de la industria cinematográfica ha provocado cambios de calado en los últimos 20 años, y la revisión de su texto es un intento de sincronizarlo con los tiempos actuales.

Contexto: Consejo de Europa y el cine

El Consejo de Europa, marco jurídico sobre el que se sustenta este acuerdo de coproducción cinematográfica, es un organismo paneuropeo dedicado a promover la cooperación entre los países del continente sobre los valores de la unión. Es decir: sobre la defensa de los derechos humanos, la democracia y el respeto a las minorías.

El sector audiovisual juega un papel crucial en la defensa de dichos derechos. El cine es un medio de expresión cultural y artística, con una capacidad democratizadora fuera de toda duda. Y siguiendo las directrices de la UNESCO en materia de diversidad cultural, el Consejo de Europa considera que la coproducción cinematográfica puede ser un instrumento de creación y expresión de la multiculturalidad europea. Es decir, de unión de las diversas Europas que forman Europa. 

De esta filosofía brotó el convenio de 1992 sobre coproducción cinematográfica, y de ella sale, de nuevo, esta actualización.

¿Cómo actúa el convenio?

El Convenio del Consejo de Europa sobre coproducción cinematográfica ofrecerá dos ventajas cruciales, tal y como se puede leer en el texto del acuerdo. A saber:

  • Las obras cinematográficas realizadas en régimen de coproducción multilateral podrán gozar de pleno derecho de las ventajas concedidas a las películas nacionales de cada uno de los países implicados en la coproducción.
  • Dichas ventajas le serán concedidas a cada coproductor por parte del país en el que éste se encuentre establecido. 

Es decir, por ponerlo en claro: un director y productor sueco podrá acceder a las ayudas de su país al cine pese a que su película también cuente con productores españoles.

Acceso y normativa

Por supuesto, el acceso a las ventajas ofrecidas por este acuerdo contará con ciertos requisitos. El primero de todos es que sólo se otorgará a “aquellos coproductores a quienes se considere en posesión de una organización técnica y financiera adecuada, así como de una cualificación profesional suficiente”.

Además, el acuerdo obligará a ciertos porcentajes de participación necesarios para acceder al convenio —tanto a nivel financiero, como artístico, o técnico—, a un cierto equilibrio de las partes implicadas, regulará la utilización de sus lenguas, obligará a la mención de todos los países participantes, regirá la exportación del producto y garantizará la titularidad conjunta de los derechos a cada coproductor.

El convenio también tendrá impacto en la forma en la que los países participantes gestionan sus fronteras. De hecho, obligará a dichos estados a facilitar la entrada y estancia, así como la concesión de permisos de trabajo en su territorio, al personal técnico y artístico de los participantes en toda producción que se acoja a sus ventajas. Asimismo, protegerá la importación temporal y la reexportación del material necesario para la producción y la distribución de tales obras cinematográficas.

Por último, cabe destacar que los proyectos de carácter manifiestamente pornográfico, que hagan apología de la discriminación, el odio y la violencia, o que atenten abiertamente contra la dignidad humana no podrán ser admitidos al régimen de coproducción que plantea el acuerdo del Consejo de Europa.

Seguimiento

El organismo responsable de realizar un seguimiento de este convenio de coproducción será Eurimages. Su misión será la de formular propuestas respecto al intercambio de experiencias entre las partes del acuerdo, así como emitir opiniones formadas y recomendaciones específicas sobre cualquier cuestión “relativa a la aplicación y puesta en práctica” del convenio.

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