Miles de descendientes de españoles han podido obtener la nacionalidad española gracias a la Ley de Nietos. Para muchos la espera ha sido interminable, controvertida y agotadora.
La Ley de los Nietos entró en vigor en octubre de 2022 y permaneció vigente hasta octubre de 2025. En virtud de esta ley, los hijos o nietos de emigrantes con ciudadanía española pudieron solicitar la nacionalidad española. La Ley de Memoria Democrática (LMD), como se conoce oficialmente, tenía por objeto, según sus precursores, saldar las deudas que España tenía con su pasado reciente. En otras palabras, recuperar, salvaguardar y difundir esta memoria, tan dañada por 40 años de dictadura. Y, por extensión, «promover la cohesión y la solidaridad entre las diferentes generaciones en torno a los principios, valores y libertades constitucionales».
Antes de entrar en detalles, tres ideas clave
- La llamada «Ley de Nietos» no fue una ley independiente, sino una disposición específica de la Ley de Memoria Democrática.
- El plazo para optar a la nacionalidad por esta vía fue temporal y ya no se encuentra abierto para nuevas solicitudes ordinarias.
- En 2026, la cuestión relevante no solo es si se pudo optar a la nacionalidad, sino qué ocurre con los expedientes iniciados y qué alternativas jurídicas existen.
Lo que debes saber hoy
La Disposición Adicional Octava de la LMD estableció un plazo para que determinados descendientes de españoles pudieran optar a la nacionalidad española.
Tras la prórroga prevista, el plazo para presentar nuevas solicitudes finalizó en octubre de 2025.
Todo esto debe cambiar tu enfoque y prioridades. Es decir:
- Si ya has presentado la solicitud o tienes asignada una cita, tu situación deberá analizarse paso por paso.
- Si no llegaste a presentar la solicitud dentro del plazo, es necesario estudiar alternativas legales distintas.
En 2026, tus prioridades ya no girarán en torno a «llegar a tiempo», sino a «entender cuál es tu situación real».
Qué fue exactamente la llamada “Ley de Nietos”
Popularmente, se conoce como «Ley de Nietos» la vía de acceso a la nacionalidad prevista en la LMD para los descendientes de españoles que, por razones históricas, no pudieron adquirir la nacionalidad.
Esta ley no creó una categoría permanente de nacionalidad por ascendencia. Supuso una oportunidad extraordinaria vinculada a un contexto legislativo concreto.
Su finalidad era reparar situaciones históricas, no establecer un mecanismo indefinido de adquisición.
Quiénes pudieron optar y por qué fue relevante
La disposición contempló distintos supuestos, entre ellos:
- Si has nacido fuera de España y tienes un padre, madre, abuelo o abuela que era originariamente ciudadano español y que, como consecuencia de haber sido exiliado por motivos políticos, ideológicos o religiosos, o por su orientación o identidad sexual, perdió o renunció a su nacionalidad española. Cuando se aprobó la ley, demostrar el exilio del familiar era una condición necesaria, pero cuando se aprobó la instrucción, todos los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que fueran originariamente españoles podían solicitar la nacionalidad sin tener que demostrar el exilio.
- Si eres hijo o hija nacido en el extranjero de una mujer española que perdió su nacionalidad al casarse con un extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Si eres hijo adulto de ciudadanos españoles a los que se les reconoció la nacionalidad española en virtud del derecho de opción previsto en la Ley de Memoria Histórica de 2007 o en la Ley de Memoria Democrática de 2022.
- Si la nacionalidad española se ha tramitado en virtud del artículo del Código Civil previsto para las personas que han estado sujetas a la patria potestad de un/a ciudadano/a español/a.
Durante la vigencia de la Ley de Nietos, se generó un volumen extraordinario de solicitudes en consulados y registros civiles.
A finales de 2025, según datos facilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación al periódico España en el exterior, más de 414 000 personas habían obtenido la nacionalidad española, con un total de más de 876 000 solicitudes, siendo Argentina el país con mayor número de solicitudes.
Qué ocurre con los expedientes iniciados
Desde el 23 de octubre de 2025, no se admiten nuevas solicitudes ni citas, tal como indican los comunicados del Ministerio de Asuntos Exteriores. Uno de los puntos más sensibles en 2026 para las personas, que presentaron su solicitud de nacionalidad a través de la LMD, es el seguimiento de los expedientes ya iniciados.
En términos generales:
- Las solicitudes presentadas dentro de plazo siguen su tramitación.
- Las citas concedidas dentro del periodo pueden tener efectos específicos según el consulado o registro.
- Los requerimientos de documentos siguen siendo habituales. Los consulados pueden solicitar documentos adicionales o correcciones para los expedientes que ya se hayan presentado.
Cada caso depende de circunstancias concretas, especialmente en el ámbito consular. Es recomendable siempre mantener la calma, conservar toda la documentación y prestar atención a las notificaciones oficiales.
Si tu expediente está en curso, consulta nuestro análisis práctico sobre cómo reforzar tu solicitud y evitar errores frecuentes.
Y si no llegaste a tiempo: alternativas
La finalización del plazo no elimina otras vías de acceso a la nacionalidad española. Existen alternativas como:
Nacionalidad por residencia.
Es la vía más común, requiriendo residencia legal y continuada.
- 10 años: Régimen general.
- 5 años: Para refugiados.
- 2 años: Nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes.
- 1 año: Nacidos en España, casados con español/a, viudos/as de español/a, o hijos/nietos de español/a de origen.
Nacionalidad por opción en determinados supuestos.
Para hijos/as de españoles, adoptados/as, o personas cuyo padre/madre fue originalmente español.
Carta de naturaleza en casos excepcionales.
Concesión discrecional del Gobierno debido a circunstancias excepcionales.
La clave es comprender que cada vía responde a requisitos y tiempos distintos.
Documentación y prueba de ascendencia: el punto crítico
Uno de los grandes retos de las solicitudes de nacionalidad a través de la Ley de Nietos fue, y sigue siendo, la reconstrucción documental de la línea familiar.
Actas de nacimiento, certificaciones registrales, partidas de bautismo y legalizaciones internacionales han sido elementos centrales en miles de expedientes.
De fenómeno coyuntural a cuestión estructural
La Ley de Nietos generó un pico histórico de interés y solicitudes. Pero la nacionalidad española por vínculo familiar no desaparece con el cierre de un plazo extraordinario.
Lo que cambia es el marco jurídico.
En 2026, el enfoque correcto ya no es reaccionar ante una ventana temporal, sino diseñar una estrategia adecuada según tu situación personal.
Conclusión
La «Ley de Nietos» fue una oportunidad específica en un momento concreto del proceso legislativo. Por eso es fundamental comprender el contexto para poder tomar una decisión informada.
Hoy en día, la cuestión relevante no es solo que existió esa oportunidad, sino qué puedes hacer a partir de ahora.
En 2026, el escenario combina canales ordinarios que están plenamente en vigor con efectos residuales de leyes extraordinarias que ya han sido cerradas. La clave está en identificar correctamente el marco legal de cada caso y actuar con precisión documental y administrativa.
Comprender tu marco actual, tus antecedentes familiares y las alternativas disponibles es el primer paso para tomar una decisión informada.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento legal individualizado.
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