Ser emigrante en busca de un trabajo regular no es una tarea sencilla, en ningún país del mundo. Procesos burocráticos, barreras en forma de idiomas y hábitos culturales, desconfianza por parte de empleadores… todos ellos son motivos que hacen que encontrar un puesto laboral legal como extranjero sea toda una odisea. Y España tampoco es una excepción.

O, quizás, no lo era hasta el pasado 15 de agosto de 2022. Porque la entrada en vigor en dicha fecha de la reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería llevada a cabo por el Gobierno de España ha allanado, de alguna forma, los obstáculos de los inmigrantes irregulares hacia un trabajo legal. Y, por ende, hacia la regularización de su situación en territorio español.

En este artículo te explicamos los puntos más importantes de esta reforma, protagonizada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de José Luis Escrivá.

El arraigo por formación

La figura más destacada y novedosa que aporta esta reforma de la Ley de Extranjería es la del arraigo por formación: una forma de regularizar la situación de emigrantes extranjeros, a la vez que se cubren puestos laborales pocos demandados en España.

Cualquier migrante que lleve en España más de dos años podrá beneficiarse de esta medida. Con ella podrá acceder a un permiso de residencia, válido por el periodo de un año, a cambio de obtener una formación laboral. La profesión en cuestión siempre estará a elección del beneficiario, pero este recibirá más facilidades en aquellos sectores donde la economía española esté viviendo una mayor demanda de mano de obra. Además, también serán válidas las formaciones ocupacionales que imparte el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Así pues, esta nueva figura del arraigo por formación se une a los tres casos previos que se planteaban en términos de arraigo en la Ley de Extranjería (explicaremos abajo las modificaciones que han sufrido también estas vías):

  • El del arraigo laboral. Esta vía ha sufrido ciertos cambios o más bien se ha precisado de una forma más detallada la interpretación de la normativa anterior, en base a las sentencias que se venían logrando en relación con esta figu Permite solicitar la residencia a aquellas personas en situación irregular que han realizado una actividad laboral en situación regular durante un período de seis meses en los dos últimos años. En este sentido, la reforma del Gobierno de España también fomentará la lucha contra la economía sumergida a través de la figura del confidente, para lo que se deberán acreditar seis meses de trabajo irregular, pero conllevará la denuncia del empleador por un trabajo que se viene realizando sin alta en seguridad social.
  • El arraigo familiar. Que permite obtener una autorización de residencia a quienes sean padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española; a los hijos de padre/madre que hubieran sido españoles de origen; también a los cónyuges o parejas de hecho; descendientes menores de 21 y mayores de 21 que estén a cargo; y por último, la figura ansiada para el caso en que no se cumpla con los requisitos para acceder a una tarjeta de residencia como familiar de europeo/a, el arraigo familiar, que se dará a los padres/madres de españoles. Estos deberán acreditar dependencia económica únicamente si son menores de 65 años. Y obtendrán una autorización de residencia de cinco años de duración.
  • Y el del arraigo social, sobre el que también se han realizado ciertas modificaciones. Ahora, la valoración del contrato que se presente para solicitar una residencia ya no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, dicho contrato podrá ser inferior al mínimo 20 horas en caso de contar con menores al cargo.

Para estudiantes

Otros de los principales beneficiados por esta reforma de la Ley de Extranjería serán los estudiantes extranjeros que quieran compatibilizar su desempeño académico con el laboral. Y es que, desde ya, todo estudiante que curse estudios superiores también podrá trabajar, de forma regular, hasta un máximo de 30 horas por semana. La excelente noticia es que esta posibilidad de trabajar, que podrá ser tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, se tendrá de forma automática desde la obtención de la autorización de estancia por estudios.

Y no solo eso, sino que, una vez acabados los estudios de grado, máster, o doctorado, los receptores del visado de estudiante podrán quedarse un año más sin tener que pedir una ampliación de su estancia para buscar un puesto de trabajo, por la vía de la residencia para búsqueda de empleo, que ya estaba en la normativa.

El objetivo del gobierno español es doble: captar el talento formado en su sistema educativo y, de paso, facilitar su internacionalización.

La contratación en origen

Los cambios en la Ley de Extranjería también van a afectar a la contratación en los países de origen de los trabajadores, cuyos requisitos se flexibilizarán.

En cuanto a la figura habitual en la economía española de los temporeros, estos podrán acceder a una autorización de cuatro años para trabajar hasta nueve meses por ejercicio. Su única obligación será la de regresar a sus países de origen entre medias. De cumplir con lo estipulado, luego podrán solicitar un permiso de dos años prorrogables para residencia y trabajo.

Además, la contratación en origen también se ampliará para el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, un listado que será vigilado más de cerca a partir de ahora.

Reagrupación familiar

Por último, esta nueva versión de la Ley de Extranjería facilitará la reagrupación de las familias extranjeras en España. Así, los familiares llegados a territorio español recibirán una autorización de trabajo por cuenta propia y ajena, algo que no ocurría hasta el momento.

También se flexibilizarán los requisitos de reagrupación familiar en cuanto afecten a menores, personas con discapacidad, o aquellas situaciones de vulnerabilidad.

Conclusión

Esta es la primera vez en años en que el debate público sobre cuestiones migratorias no tiene que ver con fronteras. Además, las modificaciones agilizan los requisitos para los trabajadores autónomos de terceros países.

Sin dudas, el arraigo por formación, la posibilidad para universitarios extranjeros de buscar un trabajo de hasta 30 horas, la flexibilización de los requisitos para la contratación en origen y la reagrupación familiar, son las principales novedades de la nueva Ley de Extranjería.

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