La modificación de la Ley de Extranjería, ratificada por el Consejo de Ministros español, entra en vigor el 20/05/2025 y promete simplificar los procedimientos para obtener permisos de residencia y trabajo.
Por otro lado, el Gobierno español ha ratificado una profunda modificación de la normativa de la Ley de Extranjería, que prevé la regularización de unos 300 000 inmigrantes al año.
El 19 de noviembre, el Consejo de Ministros español aprobó una nueva regulación de la Ley de Extranjería que la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elsa Sánchez, había anunciado a finales del año pasado. La extensa regulación, que entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), promete simplificar el acceso a los permisos de residencia y trabajo a través de varias fórmulas, lo que facilitará la obtención de los documentos a muchas personas.
El Gobierno español espera conceder la regularización a 300.000 personas al año durante los tres próximos años. Sin embargo, habrá que evaluar su eficacia a medida que se vaya aplicando y algunos colectivos y abogados de extranjería ya hemos expresado nuestras reservas al respecto. La sugerencia compartida es que habrá que reforzar las oficinas de extranjería y los consulados para hacer frente al previsible aumento de solicitudes.
Respuestas a las preguntas más frecuentes
Teniendo en cuenta todo esto, a continuación, te explicamos en detalle los aspectos más importantes de la modificación de la normativa que desarrolla la Ley de Extranjería, con la que el Gobierno pretende favorecer la incorporación de miles de trabajadores extranjeros al mercado laboral español.
1) ¿Cuál es el objetivo de esta reforma?
La nueva normativa pretende simplificar los procesos mediante los cuales los inmigrantes obtienen sus permisos de residencia y trabajo, ya sea desde sus países de origen o en España, con el fin de promover su inserción en el mercado laboral. Esta modificación afecta directamente al reglamento de la Ley de Extranjería, que es la legislación que articula la implementación de los derechos y libertades de las personas extranjeras en España.
En términos generales, elimina ciertos requisitos, reduce los plazos y disminuye la cantidad de documentación requerida, con el fin de simplificar los trámites administrativos y facilitar el acceso de los extranjeros al mercado laboral.
2) ¿En qué momento entra en vigor?
Seis meses después de la publicación del nuevo reglamento en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es decir el 20/05/2025.
3) ¿Quiénes se ven afectados?
Se aplicará tanto a las personas que residen en España de forma irregular y desean obtener su tarjeta de residencia como a aquellas que tienen documentación, pero necesitan renovar sus permisos o cambiar de un tipo de autorización a otro. Además, la normativa establece modificaciones en la contratación inicial, los visados para la búsqueda de empleo y los programas de migración circular, por lo que también afectará a quienes estén considerando la migración regular a España.
Los solicitantes de asilo que han permanecido en situación irregular tras el rechazo inequívoco de su solicitud encontrarán una vía más accesible a la regularización excepcional, a la que podrán acceder de una forma sencilla y sin tiempos mínimos de permanencia en España. Por un lado, los solicitantes de asilo obtienen beneficios, pero a largo plazo también experimentarán desventajas. Lo aclararemos más adelante.
También se modifica el régimen de los familiares de ciudadanos/as españoles, el cual encuentra con esta normativa algunas restricciones que antes no se tenían.
Todo parece excesivamente burocrático, pero tendrá un impacto significativo en la vida de miles de personas, especialmente de aquellas que subsisten ocultas en España. Por ejemplo, la reducción del periodo requerido para que los inmigrantes indocumentados inicien el proceso de solicitud de permiso, de tres a dos años, beneficiará a quienes llegaron a España hace dos años. No tendrán que soportar otro año sin documentación —a menudo en la economía sumergida— antes de iniciar el proceso para obtener sus permisos.
4) Si una persona reside en España de forma irregular y desea obtener un permiso de residencia y trabajo, ¿cuál es su procedimiento para solicitarlo? ¿Cuáles son las modificaciones en estos casos?
El concepto de arraigo se ha utilizado durante años para rescatar a personas inmigrantes que se ocultaban en España, y los beneficiarios deben demostrar su integración en el país cumpliendo varios criterios. La nueva normativa pretende reestructurar las fórmulas para demostrar este arraigo y adaptarlo a diferentes perfiles.
5) ¿Cuáles son los diferentes tipos y sus principales modificaciones?
Arraigo social
Esta es una variante que no exige tener una oferta de trabajo, lo que supondría una ventaja potencial para muchas personas, pero la existencia de «medios económicos» debe demostrarse por otras vías. Aquí, la inclusión social tiene prioridad sobre la incorporación al mercado laboral.
Exige residir en España durante un periodo de dos años (antes eran tres), así como, tener lazos familiares con residentes en situación regular o presentar un informe de la comunidad autónoma que «acredite el esfuerzo de integración», los cuales son requisitos que no siempre son fáciles o rápidos cumplir.
Arraigo sociolaboral
Está más centrada en el mercado laboral, aunque permite cierta flexibilidad de acceso. Requiere la provisión de un contrato de trabajo, aunque el límite de horas semanales se ha aumentado de 30 a 20, requiriendo un período de residencia en España de 2 años y el salario no debe ser ya equivalente o superior al SMI, si no que será en proporción a la cantidad de horas trabajadas. Este es el antiguo “arraigo social”, que ahora ha cambiado su nombre.
Arraigo formativo
Se refiere al antiguo sistema de «arraigo por formación», establecido en la reforma de 2022, que otorga un permiso de residencia vinculado a un curso de formación. Este permiso puede convertirse posteriormente en una autorización de residencia para estudiar o para residir y trabajar por cuenta ajena para quienes obtengan la cualificación.
Anteriormente, la experiencia laboral estaba prohibida mientras se seguía el curso de formación; sin embargo, ahora es posible combinarlo con 30 horas de trabajo a la semana.
Se está promoviendo la transición de la autorización asociada a la formación profesional a otro tipo de permiso, tras las dificultades identificadas en la transferencia de una autorización a otra en años anteriores.
Arraigo de segunda oportunidad
Facilita la regularización de las personas que han tenido un permiso de residencia durante los dos años anteriores a la solicitud, pero que no han podido renovarlo «por razones distintas al orden público, la seguridad o la salud».
Un caso ilustrativo es el de las personas cuyo período de renovación ha expirado debido a su estancia vacacional fuera de España.
Arraigo familiar
Hasta ahora, esta medida cubría a los padres y a los hijos de personas con nacionalidad española y fue una de las medidas que más personas utilizaron para regularizar su situación el año pasado.
Actualmente, está restringida. El acceso se permitirá exclusivamente a los padres de hijos menores y a los cuidadores de personas con discapacidad que sean nacionales de otros países de la Unión Europea, de la Comunidad Europea o de Suiza.
Esta residencia no requiere un período mínimo de residencia en España.
Los demás casos asociados a familiares de españoles se tramitarán a través de un régimen específico de reagrupación familiar de ciudadanos españoles.
6) ¿Cuál es el significado de este estatuto de reagrupación familiar para los ciudadanos españoles?
La legislación reciente limita el alcance de la reagrupación familiar al establecer un régimen específico para los familiares extranjeros de ciudadanos españoles.
Según la información facilitada por el Ministerio, pueden ser admitidos los cónyuges y parejas de personas españolas (en un sentido amplio), sus ascendientes y sus hijos/as menores de 26 años. En cuanto al procedimiento, se distingue entre los casos en los que la persona española se encuentra en España y su familiar no, y aquellos en los que ambos se encuentran ambos fuera de España.
Asimismo, esta disposición permite «los casos excepcionales en los que ambos pudieran encontrarse dentro del territorio nacional». Sin embargo, no especifica los requisitos concretos para cada una de las opciones, que suelen implicar la prueba de disponer de medios económicos suficientes en algunos de los casos previstos.
7) ¿Existe una regularización temporal para los solicitantes de asilo? ¿Cómo se implementará?
La regularización temporal permitirá a todos los solicitantes de asilo cuya solicitud de protección haya sido rechazada solicitar cualquiera de los tipos de permiso de residencia disponibles en función de su integración en la sociedad española, pero de una manera más sencilla y rápida. En otras palabras, solo tendrán que esperar seis meses desde la denegación para poder solicitar algunos de los tipos de residencia.
Por tanto, tendrán que cumplir los criterios asociados al tipo de permiso de residencia por arraigo que más les convenga, como han destacado algunas fuentes gubernamentales.
Podrán solicitarlo por un período de un año, que podrá ampliarse en situaciones específicas una vez que entre en vigor el reglamento. Sin embargo, es esencial que los beneficiarios presenten una respuesta inequívoca de rechazo y no se limiten a renunciar voluntariamente a la protección internacional.
8) ¿Cuál es la justificación para implementar esta vía excepcional? ¿Cuál sería el futuro de los solicitantes de asilo?
Se trata de una estrategia para compensar un cambio legislativo significativo que afecta directamente a las personas solicitantes de asilo. Tras una reciente sentencia 103/2024, de 24 de enero, ECLI:ES:TS:2024:414 del Tribunal Supremo, el Gobierno considera que los solicitantes de protección internacional no pueden acceder al arraigo (residencia legal) en las mismas condiciones anteriores, interpretación que resulta cuando menos cuestionable, en base a la normativa europea al respecto. Hasta ahora, la estancia regular en España durante la tramitación de su solicitud contaba para solicitar la residencia a través del arraigo.
Sin embargo, la nueva normativa restringe esta posibilidad. Los solicitantes de asilo cuyas solicitudes sean denegadas y que se encuentren en situación irregular deberán empezar desde cero. En general, deberán permanecer en la clandestinidad durante dos años. Este cambio tiene por objeto evitar lo que se percibe como la «instrumentalización» del derecho de asilo, es decir, el uso del sistema diseñado para proteger a las personas que se refugian de la persecución o el conflicto, como medio para adquirir una tarjeta de residencia.
9) ¿Cuál es el número máximo de personas que el Gobierno aspira a regularizar mediante esta reforma?
El Gobierno ha argumentado que su objetivo es regularizar a 300 000 personas al año mediante la aplicación de la nueva normativa de inmigración en un plazo de dos o tres años. Sin embargo, fuentes gubernamentales han aclarado posteriormente que esto no implica que los cambios asociados a la reforma generen un aumento de 300 000 regularizaciones al año en relación con los permisos de residencia concedidos anteriormente, sino que se refiere al número total de personas.
Por ejemplo, en el año 2023, 203 969 personas que residían irregularmente en España obtuvieron sus permisos a través del procedimiento de arraigo, tras la reforma de la normativa que amplió los supuestos y permitió un considerable aumento del número de regularizaciones y su incorporación al mercado laboral.
En consecuencia, en comparación con el año anterior, las proyecciones del Ejecutivo indicarían un aumento de 100 000 permisos debido a este procedimiento. Sin embargo, estos cálculos no tienen en cuenta las autorizaciones asociadas a la modalidad de regularización extraordinaria que beneficiará, durante un año, a miles de solicitantes de asilo cuya petición ha sido rechazada de forma firme.
10) ¿Cuál es la diferencia con la Iniciativa Legislativa Popular para la Regularización Extraordinaria de las Personas Sin Documentos, propuesta por la sociedad civil en el Congreso?
Se trata de una propuesta diferente que se está tramitando simultáneamente con esta reforma del reglamento de la Ley de Extranjería, cuyas iniciativas para modificar la normativa en profundidad comenzaron durante la anterior legislatura.
La propuesta legislativa promovida por el Movimiento Regularización YA a través de la recogida de firmas está siguiendo el procedimiento parlamentario correspondiente.
Aunque el Ministerio de Inclusión del Gobierno de España está a favor de debatir esta propuesta en el Congreso, apoya reformas normativas como la del reglamento, ya que las considera un camino hacia una regularización «más estable» con mayor «seguridad jurídica».
La iniciativa del Movimiento Regularización YA pretende una regularización excepcional sin restricciones para proporcionar documentación a todas las personas que residan en España sin documentación en el momento de su aprobación (o que hayan residido en el país durante un período específico).
11) ¿Cuál es la opinión del movimiento ciudadano que promovió la Iniciativa Legislativa de Regularización respecto a esta reforma?
El Movimientos Regularización YA, insiste en la necesidad de una regularización generalizada sin restricciones y sin vínculos con el mercado laboral, con el objetivo de favorecer un enfoque humanitario frente a una perspectiva «utilitarista», que perciben como una estrategia que podría dejar atrás a muchas personas.
Conclusión
En resumen, se han producido avances normativos significativos que facilitan la integración social de los extranjeros en España. La recriminación legal de los solicitantes de protección internacional es bastante discutible, ya que viola la Convención de Ginebra y el deber legal de protección. Además, algunas categorías de visados, como los de búsqueda de empleo, a pesar de su loable intención, no son prácticas en la realidad social del mercado laboral.
Por último, cabe señalar que la cuestión de la regularización masiva sigue sin resolverse. Esta cuestión se planteó por primera vez el 9 de abril de 2024, cuando se presentó al Congreso la iniciativa legislativa popular que pedía la regularización de unas 500 000 personas en situación irregular en España. Esta propuesta cuenta con el respaldo de más de 600 000 firmas y el apoyo de varias ONG.
Esta nueva regulación podría aplicarse a los extranjeros en situación irregular que hayan estado en España antes del 31 de diciembre de 2023, siempre que estén sujetos a razones laborales, socioeducativas, familiares y/o humanitarias, según los partidos PSOE y SUMAR. Sin embargo, otros partidos como ERC, Bildu, Podemos y BNG han pedido la eliminación de cualquier fecha anterior o posterior al 31 de diciembre de 2023 e insisten en que cualquier extranjero que se encuentre en España cuando entre en vigor la normativa podría solicitarla.
Sin embargo, lo más importante para los solicitantes de asilo es que parece que podrán beneficiarse de esta regularización, siempre y cuando renuncien al proceso de asilo para que se les conceda la autorización.
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